Es un Órgano del Congreso del Estado, con autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones para decidir sobre su organización interna, recursos, funcionamiento y resoluciones; cuyas atribuciones y responsabilidades se desarrollan conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad, reguladas por la Constitución Política del Estado y por la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios.